NO QUERIA NACER: ¿y ahora?

El Caso Perruche: Cuando la Justicia Francesa se Preguntó si Nacer Puede Ser un Daño

La historia

Imagina esta escena: una mujer embarazada, la señora X, acude responsablemente a hacerse análisis de sangre. Quiere saber si es inmune a la rubéola, esa enfermedad que puede devastar a un feto en desarrollo. Tiene claro su plan: si está infectada, abortará. No quiere traer al mundo un hijo condenado a sufrir graves discapacidades.

Los resultados llegan: «Todo bien, usted es inmune». Tranquila, continúa su embarazo.

Pero los resultados estaban equivocados.

El laboratorio y el médico cometieron errores garrafales en las pruebas. La señora X no era inmune. Estaba infectada. Y cuando nació el pequeño Nicolás, la terrible verdad se reveló: el niño sufría gravísimas secuelas neurológicas causadas por la rubéola que contrajo en el útero.

El dilema que estremeció a Francia

Los padres demandaron. Ganaron la indemnización por su propio sufrimiento. Pero entonces plantearon la pregunta que sacudiría los cimientos del derecho francés:

¿Puede Nicolás, el niño, reclamar una indemnización por el daño de… haber nacido?

El Tribunal de Apelación de Orléans dijo que no. Su razonamiento fue demoledor:

«El ser humano no posee el derecho a nacer o a no nacer, a vivir o a no vivir. Su nacimiento no puede considerarse una desgracia de la que puedan extraerse consecuencias jurídicas.»

En otras palabras: Nicolás no tenía ninguna oportunidad de nacer sano. Sus únicas opciones eran nacer discapacitado o no existir. ¿Cómo puede alguien quejarse de existir?

El giro histórico

El 17 de noviembre del año 2000, la Asamblea Plenaria del Tribunal de Casación —la máxima instancia judicial francesa reunida en pleno— revirtió la decisión con una frase que cambiaría la historia del derecho:

«Los errores cometidos por el médico y el laboratorio le habían impedido a la madre ejercer su opción de interrumpir el embarazo para evitar el nacimiento de un hijo con discapacidad. Por tanto, el niño puede reclamar indemnización por el daño resultante de dicha discapacidad.»

Nicolás ganó.

La tormenta que siguió

La decisión provocó un terremoto. Médicos, filósofos, religiosos y juristas se enfrentaron. ¿Estaba la justicia diciendo que algunas vidas no merecen ser vividas? ¿Se abría la puerta a demandas de hijos contra madres que no abortaron?

El debate fue tan intenso que el Parlamento francés intervino aprobando en 2002 la llamada «Ley Anti-Perruche», que prohibió este tipo de reclamaciones. Pero el caso ya había dejado su marca indeleble.

La enseñanza jurídica

El caso Perruche nos confronta con una de las fronteras más incómodas del derecho: la intersección entre causalidad, daño y existencia misma.

Tres lecciones fundamentales emergen:

Primera: La responsabilidad médica puede extenderse más allá del paciente directo. El error en un contrato con la madre generó derechos para el hijo que ni siquiera había nacido cuando se cometió la falta.

Segunda: El concepto de «daño indemnizable» no tiene límites predefinidos. Lo que parece filosóficamente imposible —considerar la propia existencia como un perjuicio— puede encontrar cabida jurídica cuando existe una cadena causal clara entre la negligencia y el sufrimiento concreto.

Tercera y más profunda: El derecho no opera en un vacío. Cuando las decisiones judiciales tocan fibras éticas fundamentales de la sociedad, el legislador puede y debe intervenir para establecer los límites que la comunidad considera aceptables.

El caso Perruche nos recuerda que el derecho es, en última instancia, un espejo de nuestros valores colectivos —y que ese espejo, a veces, nos devuelve preguntas para las que no tenemos respuestas cómodas.

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